martes, 20 de septiembre de 2011

Obligación del acceso electrónico a las #aapp

Vale, estamos en una crisis en la que nadie nos metió. Una vez dentro, no nos queda más remedio que apretar los dientes, mirar haca delante y buscar medios de sacra dinero en dónde lo hay. Seamos zahories Gobierno Electrónico en mano para ir a la búsqueda de nuevas fuentes de recursos económicos para las Administraciones. Dice nuestro máximo marco legal en la materia, la Ley 11/2007, lo siguiente:

Artículo 27.6 Reglamentariamente, las Administraciones Públicas podrán establecer la obligatoriedad de comunicarse con ellas utilizando sólo medios electrónicos, cuando los interesados se correspondan con personas jurídicas o colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos.

Atendiendo a los resultados de los últimos estudios referentes al uso de las TIC por parte de empresas y miscroempresas realizado por el ONTSI,  el 97,2% de las primeras y el 58,1% de las segundas disponen de acceso a Internet. Resulta por tanto chocante, que en el primero de los casos tan sólo 70,1% haga uso del Gobierno Electrónico y en el segundo de los casos tan sólo el 39,8%. Algo similar sucede cuando nos acercamos a los datos similares existentes para ciudadanos, frente a un uso directo de la Administración Electrónica de un 39% nos encontramos conque el 64,2% de la población es internauta. Aunque los datos de tramitación electrónica para ciudadanos y empresas algo más positivos, acercándonos según el OBSAE al 51% y 82% respectivamente, parece claro que existe una amplia bolsa en todos los casos de personas juridicas o colectivos de personas físicas con capacidad para relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas que sin embargo no lo hacen.

Existen aún pocos casos de obligación a empresas, y muchos menos a ciudadanos, de utilizar los medios electrónicos para relacionarse con las Administraciones Públicas. Quizás demasiado cuidadosamente, la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y el Servicio Público de Empleo han empezado a obligar a empresas dejando a un lado a las microempresas, y el Ministerio de Educación ha implantado la tramitación completa de las becas universitarias por Internet, pero poco más. Sin embargo la identidad electrónica se facilita gratis (DNIe o certificado de la FNMT) e Internet está presente en la vida de muchos. 

Va siendo hora, por tanto, de comenzar a establecer obligaciones de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, aunque sea sólo por justicia social. Ni una sóla empresa por encima de los 10 empleados debería acudir a una ventanilla y sólo ciudadanos y empresas que justificaran no estar abonados a Internet deberían tener permitida la atención presencial. Los servicios destinados a favorecer la cohesión social, y el acceso presencial  a la Administración debería ser considerado uno de ellos, sólo han de ser para aquel que los necesita. Para ello, tan sólo es necesario un Real Decreto.


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